En este rubro se podrán
incluir proyectos de construcción de vivienda única y de ocupación permanente
que tengan un grado de avance igual o superior al 60%.
Acreditación del
destino:
Se
aplican las condiciones de la línea, adicionalmente el usuario deberá
presentar:
- Planos aprobados y/o visados,
según corresponda, por la autoridad competente.
- Presupuesto y Cronograma de
Obra, suscriptos por el profesional con incumbencia en la materia.
- El cliente deberá comprometerse
expresamente a cumplimentar todos los requisitos exigidos y relacionados
con la construcción de su vivienda, en su correspondiente jurisdicción.
Monto máximo y proporción
del apoyo:
Hasta
$ 1.500.000.-, y hasta el 100% del Presupuesto de Obra y sin superar el 50% de
la tasación de la vivienda previo a la obra.
Adicionalmente,
el valor de tasación de la vivienda luego de concluida la obra, no podrá
exceder del doble del monto establecido para el destino permitido “adquisición
o cambio de vivienda única de ocupación permanente”
Plazo del préstamo:
Hasta
10 años de plazo a partir del primer desembolso.
Plazo de obra y
desembolsos:
Se
establece un plazo de obra de 12 meses.
Período de Gracia:
Se
acuerda un período de gracia de 12 meses para el pago de capital e intereses.
Los intereses devengados en ese período, serán capitalizados sumándose de tal
forma a la obligación principal. El primer vencimiento (capital más intereses)
operará a los 30 (treinta) días de este evento.
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