miércoles, 10 de mayo de 2017

Ampliación, refacción, o terminación de vivienda única de ocupación permanente


En este rubro se podrán incluir proyectos de construcción de vivienda única y de ocupación permanente que tengan un grado de avance igual o superior al 60%.

Acreditación del destino:

Se aplican las condiciones de la línea, adicionalmente el usuario deberá presentar:
  • Planos aprobados y/o visados, según corresponda, por la autoridad competente.
  • Presupuesto y Cronograma de Obra, suscriptos por el profesional con incumbencia en la materia.
  • El cliente deberá comprometerse expresamente a cumplimentar todos los requisitos exigidos y relacionados con la construcción de su vivienda, en su correspondiente jurisdicción.

Monto máximo y proporción del apoyo:

Hasta $ 1.500.000.-, y hasta el 100% del Presupuesto de Obra y sin superar el 50% de la tasación de la vivienda previo a la obra.
Adicionalmente, el valor de tasación de la vivienda luego de concluida la obra, no podrá exceder del doble del monto establecido para el destino permitido “adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente”

Plazo del préstamo:

Hasta 10 años de plazo a partir del primer desembolso.

Plazo de obra y desembolsos:

Se establece un plazo de obra de 12 meses.

Período de Gracia:


Se acuerda un período de gracia de 12 meses para el pago de capital e intereses. Los intereses devengados en ese período, serán capitalizados sumándose de tal forma a la obligación principal. El primer vencimiento (capital más intereses) operará a los 30 (treinta) días de este evento.

Construcción de vivienda única de ocupación permanente sobre terreno propio

Acreditación del destino:

Se aplican las condiciones de la línea, adicionalmente el usuario deberá presentar:
  • Escritura del terreno (a nombre del usuario) donde se realizará la construcción.
  • Planos aprobados y/o visados, según corresponda, por la autoridad competente.
  • Presupuesto y Cronograma de Obra, suscriptos por el profesional con incumbencia en la materia.
  • El cliente deberá comprometerse expresamente a cumplimentar todos los requisitos exigidos y relacionados con la construcción de su vivienda, en su correspondiente jurisdicción.

Monto máximo y proporción del apoyo:

Hasta $ 2.600.000, limitado a que no supere el 100% del Presupuesto de Obra (incluyendo IVA) sin considerar el valor del terreno. El valor de la vivienda terminada no deberá superar los $3.260.000.-, terreno incluido. La valuación de terreno deberá resultar mayor al 10% del Presupuesto de Obra.
El valor de compra o tasación de la vivienda, de ambos el mayor, podrá ser incrementado en hasta un 60% (sesenta por ciento) del valor máximo establecido en el apartado anterior siempre que el usuario perciba sus haberes a través del Banco de la Nación Argentina o adhiera a un paquete de servicios categoría Cuenta Nación Platino o superior, en ambos casos durante todo el plazo del préstamo hipotecario; y, además, su calificación crediticia lo permita.

Desembolsos:

Se establecen los plazos máximos para la realización de los siguientes desembolsos:
  • Primer desembolso: 30% del monto a financiar.
  • Segundo desembolso: 50% del monto a financiar, una vez que se haya verificado la utilización de al menos el 80% del avance de obra del primer desembolso, según Cronograma de Obra.
  • Tercer desembolso: 20% del monto a financiar, una vez que se haya verificado la utilización de al menos el 80% del avance de obra del segundo desembolso.

Proporción del apoyo:

La asistencia para la construcción podrá ser hasta el 100% del Presupuesto de Obra sin exceder los $2.600.000.
Deberá verificarse, además, que el monto a financiar no supere el valor de mercado de la propiedad, estimado al momento de su finalización, excluido el valor del terreno.

Plazo de obra:

Se establece un plazo de obra de 12 meses.
Se establecen los plazos máximos para la realización de los siguientes desembolsos:
  • a) Segundo Desembolso: Hasta 90 días del primer desembolso.
  • b) Tercer Desembolso: Hasta 180 días del segundo desembolso.
En la zona patagónica se podrá extender el plazo de obra a 18 meses. En ese caso los plazos máximos para los desembolsos serán extendidos en forma proporcional.

Plazo del préstamo:

Hasta 30 años de plazo, a contar a partir del primer desembolso.

Interés:

Se establecen las siguientes modalidades: 
A - Esquema combinado: 
Para Usuarios en relación de dependencia y jubilados y/o pensionados (que adhiera a un paquete de servicios de productos y perciba sus haberes por el Banco) o usuarios monotributistas o autónomos (que adhieran a un paquete de servicios que deberá guardar relación con los ingresos que percibe según fija la Norma del Banco para este segmento), por toda la vigencia del préstamo. 

NOTA: Cuando se presente más de un usuario, bastará con que uno de ellos cumpla dicho requisito. 

Para los primeros 36 meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 18% nominal anual; que será reducida en 4 (cuatro) puntos porcentuales anuales a partir de la verificación por parte del Banco de la Nación Argentina de la finalización de la obra o la presentación del certificado respectivo, lo que ocurra primero. 
A partir del mes N° 37 la tasa del préstamo será variable, calculándose por periodos anuales teniendo en cuenta la Tasa de Referencia del Banco Nación para Créditos Hipotecarios, vigente en ese momento.


B - Esquema variable: 
Para los primeros 36 meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 20% nominal anual, que será reducida en 4 puntos porcentuales anuales a partir de la verificación por parte del BNA de la finalización de la obra o la presentación del certificado respectiva. 
A partir del mes N° 37 se aplicará una tasa de interés variable equivalente a tasa BADLAR SECTOR PRIVADO publicada por el B.C.R.A. más 250 puntos básicos. 
La tasa BADLAR SECTOR PRIVADO será la correspondiente a 5 días hábiles anteriores al inicio del período. 
En caso que el BCRA discontinúe su publicación, se empleará la tasa de interés que la reemplace, o en su caso, la tasa de interés que elegirá el Banco de la Nación Argentina de entre las tasas que publique el BCRA con un rendimiento similar. 
Todos los intereses que se calculen y/o apliquen excluyen cualquier impuesto vigente o futuro, que en caso de corresponder, serán a cargo del Usuario y se cancelarán conjuntamente con cada pago de interés. 
Los intereses de los distintos desembolsos serán capitalizados a la fecha del último desembolso, sumándose de tal forma a la obligación principal. 
A partir de la amortización de la primera cuota de capital los intereses no se capitalizarán y se abonarán conjuntamente con cada cuota de amortización de capital. 
Todos los intereses que se calculen y/o apliquen excluyen cualquier impuesto vigente o futuro, que en caso de corresponder, serán a cargo del Usuario y se cancelarán conjuntamente con cada pago de interés.

Adquisición o Cambio de vivienda única de ocupación permanente

·         Monto máximo

·         $ 2.600.000. La misma está limitada a que el valor de compra o tasación de la vivienda, de ambos el mayor, no exceda los $ 3.260.000.
·         El valor de compra o tasación de la vivienda, de ambos el mayor, podrá ser incrementado en hasta un 60% (sesenta por ciento) del valor máximo establecido en el apartado anterior siempre que el Usuario perciba sus haberes a través del Banco de la Nación Argentina o adhiera a un paquete de servicios categoría Cuenta Nación Platino o superior, en ambos casos durante todo el plazo del préstamo hipotecario; y, además, su calificación crediticia lo permita.

·         Proporción del apoyo

·         La asistencia para la adquisición de vivienda única y de ocupación permanente no puede superar el 80% del valor de compra o tasación, de ambos el menor. Sin exceder el monto máximo de la asistencia crediticia, es decir $2.600.000.
·         La asistencia para el cambio de vivienda única y de ocupación permanente no puede superar el 100% (cien por ciento) de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere (de compra o tasación, de ambos el menor) y el valor de venta o tasación, de ambos el menor, del inmueble que se reemplaza.

·         Plazo del préstamo


·         Hasta 30 años de plazo.

Créditos Hipotecarios - Nación Tu Casa

Usuarios
Persona en actividad laboral (en relación de dependencia o contratados y autónomos y monotributistas), jubilada y/o pensionada (*) Se admite más de un usuario.
*Están incluidos los ex combatientes de las Islas Malvinas beneficiarios de la pensión vitalicia de guerra.
Destino
·         Adquisición de vivienda única y de ocupación permanente.
·         Cambio de vivienda única y de ocupación permanente.
·         Construcción de vivienda única y de ocupación permanente, en terreno propio, libre de ocupación, la que deberá cumplir como mínimo con los estándares previstos por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

·         Ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente.

·         Características del préstamo

·         Interés

·         Para los destinos: Adquisición, Cambio y Ampliación, Refacción o Terminación de Vivienda, se establecen las siguientes modalidades:

·         Esquema combinado: 
Para usuarios en relación de dependencia y jubilados y/o pensionados (que adhiera a un paquete de servicios de productos y perciba sus haberes por el Banco) o usuarios monotributistas o autónomos (que adhieran a un paquete de servicios que deberá guardar relación con los ingresos que percibe según fija la Norma del Banco para este segmento), por toda la vigencia del préstamo. 

NOTA: Cuando se presente más de un usuario, bastará con que uno de ellos cumpla dicho requisito. 

Para los primeros 36 meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 14% nominal anual. 
A partir del mes N° 37 la tasa del préstamo será variable, calculándose por periodos anuales teniendo en cuenta la Tasa de Referencia del Banco Nación para Créditos Hipotecarios, vigente en ese momento.

·         Esquema variable: 
Este esquema regirá para el usuario que no adhiera a un paquete de servicios por toda la vigencia del préstamo. 
Para los primeros 36 meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 16% nominal anual. 
A partir del mes 37 se aplicará una tasa de interés variable equivalente a tasa BADLAR SECTOR PRIVADO publicada por el B.C.R.A. más 250 puntos básicos. 
La tasa BADLAR SECTOR PRIVADO será la correspondiente a 5 días hábiles anteriores al inicio del período. 
En caso que el BCRA discontinúe su publicación, se empleará la tasa de interés que la reemplace, o en su caso, la tasa de interés que elegirá el Banco de la Nación Argentina de entre las tasas que publique el BCRA con un rendimiento similar. 
Todos los intereses que se calculen y/o apliquen excluyen cualquier impuesto vigente o futuro, que en caso de corresponder, serán a cargo del usuario y se cancelarán conjuntamente con cada pago de interés.

·         COSTO FINANCIERO TOTAL 
CFT 14,49%*
* Para Usuarios que adhieran al paquete de servicios "Cuenta Nación Simple" y perciba sus haberes por el Banco: TASA NOMINAL ANUAL (TNA) 14,00%. TASA EFECTIVA ANUAL (TEA) 15,16%. PRÉSTAMOS SUJETOS A APROBACIÓN DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. PARA EL CÁLCULO DEL CFT SOBRE UN PRÉSTAMO DE $800.000 A 30 AÑOS DE PLAZO, SE HA INCLUIDO CAPITAL, INTERÉS, SEGURO DE INCENDIO Y PAQUETE DE SERVICIOS. CÁLCULOS ORIENTATIVOS E INFORMATIVOS. NO CONSTITUYE UNA OFERTA DEFINITIVA DEL BANCO NACIÓN.

·         CFT 16,51%*
* Para Usuarios que adhieran al paquete de servicios "Cuenta Nación Simple" y no perciban sus haberes por el Banco. TASA NOMINAL ANUAL (TNA) 16,00%. TASA EFECTIVA ANUAL (TEA) 17,49%. PRÉSTAMOS SUJETOS A APROBACIÓN DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. PARA EL CÁLCULO DEL CFT SOBRE UN PRÉSTAMO DE $800.000 A 30 AÑOS DE PLAZO, SE HA INCLUIDO CAPITAL, INTERÉS, SEGURO DE INCENDIO Y PAQUETE DE SERVICIOS. CÁLCULOS ORIENTATIVOS E INFORMATIVOS. NO CONSTITUYE UNA OFERTA DEFINITIVA DEL BANCO NACIÓN.

·         Monto mínimo

·         $250.000

·         Afectación de ingresos

·         Para estimar la capacidad de pago del usuario en actividad laboral o jubilado el valor de la cuota calculada para 30 (treinta) días no deberá superar el 25% (veinticinco por ciento) para el destino construcción de vivienda única y de ocupación permanente, en terreno propio, y del 30% (treinta por ciento) para los restantes destinos, del Ingreso Neto calculado. En caso que se incluyan codeudores, la afectación de los ingresos del usuario deberá representar como mínimo el 20% del total de la cuota.
·         Para la afectación de ingresos indicada precedentemente deberán computarse además, las deudas que el usuario registre por préstamos personales y/o hipotecarios con el Banco de la Nación Argentina y otras entidades financieras.
·         Para el caso que al usuario, o alguno de ellos, le falte menos de 5 (cinco) años para acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo al régimen al que pertenezca, y su solicitud de préstamo fuera por un plazo de entre 5 y 20 años, para el cálculo de su afectación de ingresos se aplicará a los ingresos permanentes netos y computables los siguientes aforos en función del tiempo que le resta, para determinar los “ingresos computables netos aceptados”:
Plazo previsto para jubilarse según el régimen al que pertenece
Se deberán considerar los siguientes porcentajes de la totalidad de ingreso computable del Usuario:
12 meses o menos
50%
De 24 a 13 meses
60%
De 36 meses a 25 meses
70%
De 48 a 37 meses
80%
De 59 a 49 meses
90%
·         Se podrán sumar para determinar el monto prestable al usuario, los Ingresos Netos que provengan de sus padres y/o hermanos y/o hijos y/o cualquier otra persona humana, todos ellos en actividad laboral o jubilados, siempre que: i) los mismos se constituyan en codeudores solidarios, lisos, llanos y principales pagadores del préstamo hipotecario que se otorgue al usuario y ii) no se afectará más del 30% del ingresos neto de cada uno ellos.
·         Para el caso que a los Codeudores les falten menos de 5 (cinco) años para acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo al régimen al que pertenezcan, se les aplicará a los ingresos permanentes netos y computables los siguientes aforos en función del tiempo que le resta, para determinar los “ingresos computables netos aceptados” debiendo mantener los incisos i) y ii) del párrafo anterior.
Plazo previsto para jubilarse según el régimen al que pertenece
Se deberán considerar los siguientes porcentajes de la totalidad de los ingresos computables del Codeudor:
12 meses o menos
50%
De 24 a 13 meses
60%
De 36 meses a 25 meses
70%
De 48 a 37 meses
80%
De 59 a 49 meses
90%
·         En caso que por lo menos alguno de los Codeudores tenga patrimonio (por lo menos una propiedad inmueble que no se encuentre afectada en usufructo, hipotecada o embargada, etc) dichos porcentajes podrán ser incrementados en 5 (cinco) puntos porcentuales.

·         Codeudores

·         Podrán ser codeudores los padres y/o hermanos y/o hijos y/o cualquier otra persona humana, quienes asumirán el carácter de Codeudores Solidarios, Lisos, Llanos y Principales Pagadores del préstamo hipotecario que se otorgue al Usuario.
·         El codeudor deberá presentar la documentación para la Determinación de sus Ingresos de igual forma que el usuario.
·         El usuario podrá durante la vigencia del préstamo hipotecario reemplazar a sus codeudores siempre que tal reemplazo no afecte la relación de endeudamiento. En tal supuesto se deberá analizar nuevamente la operación con sus actualizaciones si las tuviese, y los costos incurridos estarán a cargo del Usuario.

·         Paquetes de servicios

·         El Usuario que opte por la modalidad combinada de la tasa de interés, deberá adherir por todo el plazo del préstamo hipotecario a un paquete de servicios de productos ofrecidos por el Banco de la Nación Argentina.
·         La renuncia del usuario al paquete de servicios de productos implicará que a partir de ese momento se le aplique al préstamo hipotecario otorgado la tasa de interés prevista para usuarios que no adhieran al mismo.

·         Seguros obligatorios

·         Seguro de Incendio:
·         A cargo del cliente. Debe ser equivalente al valor de reconstrucción de la propiedad (es decir solamente lo edificado o construido), sin tener en cuenta el valor del terreno.

·         Nación Seguros S.A.: Cargo anual del 0,06%
Sancor Seguros S.A.: Cargo anual del 0,054%
·         En el caso de “Construcción de vivienda en terreno propio” el seguro será exigible desde el momento en que pueda ser contratada la póliza.
·         En todos los casos el seguro deberá ser endosado a favor del Banco de la Nación Argentina y tramitado previo al desembolso con excepción de lo establecido en el párrafo precedente.

·         Cancelaciones anticipadas

·         Se acepta la cancelación total o parcial en cualquier momento de la vigencia del préstamo.

martes, 4 de abril de 2017

El crédito puente, el próximo paso

Es el que los desarrolladores pueden transferir al comprador. Se anunciaría sobre la segunda parte del año y es clave para que se reactive la obra nueva pensada para la clase media. "Hoy la demora en las escrituras de las unidades terminadas hace que no sean aptas para el crédito", explica Hernán Nucifora, socio gerente de la desarrolladora Global Investments, quien negocia un crédito puente con una entidad oficial pero los números no le cierran. Las tasas rondan el 26 por ciento y se hace inviable. "El costo financiero para un crédito de $180 millones era de $ 40 millones en tres años", detalla. De todas formas para que avance, hay que resolver otro tema clave para el sector: los tiempos de los procesos administrativos. Las habilitaciones, permisos y finales de obra. Hoy escriturar una unidad nueva pueda demandar más de un año y medio. "En Perú por ejemplo existe la figura hipoteca de bien futuro que permite hipotecar la unidad en construcción".

Vía libre para ajustar

Una de las noticias de las últimas semanas es que después de 20 años se permite la indexación en el sector a través de medidas de ajuste. Es decir se habilitó el uso del UVA y el UVI para actualizar cualquier contrato en la cadena: desde el constructor hasta la comercialización y la escrituración. Es una unidad de cuenta que hace posible las transacciones del sector que son de largo plazo en un contexto de inflación. El sistema es similar al modelo chileno que utiliza la Unidad Funcional (UF) para la adquisición de cualquier bien durable y que logró sacar el chip de hablar en dólares. "Las compañías constructoras preferirán pactar en UVIs mientras que los compradores en UVA que se ajusta por inflación", analiza Gustavo LLambías, Vicepresidente de la Asociación Empresarios de la Vivienda, la entidad que reclama esta iniciativa desde 2009. Hoy la mayoría de la oferta de hipotecarios se ofrece en UVA. "Está se actualiza por la evolución del CER en base al índice de precios y se considera más previsible mientras que UVI se actualiza por el costo de la construcción", justifica Carlos Valdez Ocampo, consultora especializada en tasaciones.

UNA REALIDAD O FICCIÓN

En un país que tiene un déficit habitacional de 3,5 millones de viviendas. Las constructoras generaron fideicomisos al costo, un modelo en el que el riesgo se atomizaba entre varios inversores que pagaban las unidades durante la obra. "Se ajustaba por el índice de la Cámara Argentina de la Construcción (CAC) y si se excedían los costos se agregaban cuotas adicionales. No había inversión de riesgo".
Otra forma la financiación modular en proyectos más de cinco años que se planeaban por etapas en los que los compradores comenzaban pagando cuotas bajas hasta la posesión en la que aumentan considerando que la persona deja de pagar un alquiler. "Fue una forma de acercarse a la demanda".
Con la irrupción del crédito hipotecario cambia la foto del mercado. "Se modifica la lógica del negocio del desarrollador y hasta de los propios alquileres que eran un mal necesario para quien no podía comprar. Habrá mayor stock de unidades habitacionales y casas". De esta forma, se anticipan los primeros cambios que prometen cambiar las reglas del sector.
Se dejará de construir sólo para el inversor
La demanda por parte de quien compra una vivienda para habitar incrementará la exigencia en la calidad constructiva, las terminaciones y los proyectos. El crédito obliga un replanteo. Igual, el inversor no quedará fuera de la partida. Será clave a la hora de apostar a barrios que necesitan desarrollarse. Un punto que pone en la agenda, la necesidad del trabajo en conjunto público-privado.
El futuro de los precios

Con un costo de la construcción en su máximo histórico -entre los S17.600/m2 y los $24.000/m2, sumado a un precio de la tierra en alza y en un contexto inflacionario que ronde el 20 por ciento, es impensada una posible baja de precios. Sin embargo los analistas del mercado financiero advierten que los valores deberían bajar por la brecha que existe entre salarios y valores de las propiedades. "Con un salario anual que promedia los $ 208.000, no cierran en la Argentina los niveles del costo de construcción. En Estados Unidos el sueldo anual promedio es de US$ 53.000 y en España US$ 36.000, mercados en los que el costo ronda los US$ 700/m2", relata Mariano Sardans, CEO de la gerenciadora de patrimonio FDI. Su mirada es que la ineficiencia se genera en los sistemas constructivos, y aclara que no tiene relación directa del costo de la mano de obra. "En el país se tarda dos años en construir un edificio mientras que en otros países tres meses", advierte y aclara que hay empresas locales que producen paneles o materiales para construir de una forma diferente. "Cuando esos sistemas se instalen el costo de construcción bajará y los valores de las propiedades también y quien toma un crédito terminara pagando una propiedad más cara", afirma.